¿Quiénes están obligados a declarar renta en el año 2018?

Todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas están obligadas a declarar renta por el año gravable 2017, si cumplen alguno de los siguientes topes (Decreto 1951 de 2017):

  1. Patrimonio bruto en el último día del año gravable 2017 superiora 4.500 UVT ($143.366.000).

  2. Ingresos brutos (independiente de la cédula a la cual pertenezcan) deben ser superiores a 1.400 UVT ($44.603.000).

  3. Compras y consumos y consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($44.603.000).

  4. Total de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, superen 1.400 UVT ($44.603.000).

 

¿Quiénes están obligados a pagar el Impuesto al Consumo?

Todas las personas naturales o jurídicas que posean un establecimiento de comercio como restaurantes, cafeterías, heladería, bar, discoteca, sea que se consuman en el establecimiento o sean para llevar. La tarifa es el 8%. Título 3 D.U.R. Art. 512-1 E.T.

¿En qué casos los colombianos están obligados a declarar los bienes poseídos en el exterior?

Los colombianos residentes en el país, están obligados a declarar los bienes poseídos en el exterior como inmuebles, títulos, inversiones o dinero en bancos. SI no son residentes en Colombia no están obligados a declarar los bienes del exterior. Art. 607 E.T. Art. 42 y 43 Ley 1739 de 2014